Perder a un familiar es uno de los momentos más difíciles de la vida. Y sin embargo, poco después de ese golpe, la familia enfrenta una pregunta que nadie quiere hacer pero que no puede ignorarse: ¿y ahora qué pasa con los bienes?
En Ecuador, el proceso para heredar legalmente se llama sucesión por causa de muerte, y tiene pasos concretos que cumplir. No es complicado si se conoce el camino. Aquí lo explico con claridad.
¿Qué es la sucesión y cuándo comienza?
La sucesión se abre en el momento del fallecimiento (Art. 996 del Código Civil). Desde ese instante, los bienes del difunto pasan —en teoría— a sus herederos. Pero para que esa transferencia tenga validez legal y los herederos puedan disponer de los bienes (venderlos, transferirlos, usarlos como garantía), es necesario seguir el proceso formal.
Paso 1 — Reunir los documentos básicos
Antes de iniciar cualquier trámite necesita tener a mano:
- Certificado de defunción del causante
- Cédula de identidad del fallecido y de todos los herederos
- Registro de matrimonio o unión de hecho (si aplica)
- Partidas de nacimiento de los hijos
- Inventario aproximado de los bienes: inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, deudas
Paso 2 — Determinar si hay testamento
Lo primero es verificar si el fallecido dejó testamento. En Ecuador los testamentos se inscriben en el Registro Civil y en las Notarías. Si existe, el proceso sigue ese documento. Si no hay testamento —que es lo más común— se aplican las reglas de la sucesión intestada establecidas en el Código Civil (Arts. 1021-1035).
Conforme al Art. 1023 del Código Civil, en la sucesión intestada los herederos siguen este orden de prioridad:
- Primer orden: Hijos del causante (excluyen a los demás, salvo la porción conyugal)
- Segundo orden: Padres y cónyuge o conviviente en unión de hecho registrada (si no hay hijos)
- Tercer orden: Hermanos
- Cuarto orden: Sobrinos y, a falta de todos los anteriores, el Estado
Paso 3 — Apertura de la sucesión y posesión efectiva
Este es el trámite formal ante Notaría o ante un Juez, según el caso:
Vía Notarial (más rápida): cuando todos los herederos están de acuerdo, son mayores de edad y no hay menores ni personas bajo tutela involucradas. El proceso puede tomar entre 1 y 3 meses.
Vía Judicial: cuando hay conflicto entre herederos, existen menores de edad, o algún heredero no aparece o no coopera. Puede tomar entre 6 meses y 2 años dependiendo de la complejidad.
En ambos casos se obtiene la posesión efectiva de la herencia, que es el documento que acredita legalmente quiénes son los herederos.
Paso 4 — Inventario y avalúo de bienes
Una vez obtenida la posesión efectiva, se elabora el inventario formal de todos los bienes del causante. Para los inmuebles se requiere un avalúo pericial. Este paso es importante porque sobre él se calculan los impuestos y la partición entre herederos.
Paso 5 — Impuesto a la herencia: quién paga y cuánto
En Ecuador existe el Impuesto a la Renta sobre herencias, legados y donaciones, administrado por el SRI (Resolución NAC-DGERCGC25-00000043 para 2025). Puntos clave:
- Hijos y primer grado de consanguinidad: exonerados hasta $77.708 por heredero (base exenta 2025). Si el valor heredado supera ese monto, la tarifa se aplica solo al excedente y se reduce a la mitad respecto a la tabla general.
- Cónyuge superviviente: exonerado del impuesto cuando no existen hijos que accedan a la herencia.
- Plazo para declarar: seis meses desde la aceptación expresa o tácita de la herencia.
Ejemplo práctico: si tres hijos heredan una casa avaluada en $150.000, cada uno hereda $50.000. Como ese valor no supera la base exenta de $77.708 por heredero, ninguno paga impuesto a la herencia.
Paso 6 — Partición y transferencia de bienes
Si hay varios herederos, los bienes se dividen según las cuotas que correspondan a cada uno. Esta partición puede hacerse de mutuo acuerdo ante Notario (más rápida y económica) o por vía judicial cuando no hay acuerdo. Una vez partidos los bienes, cada heredero inscribe a su nombre los inmuebles en el Registro de la Propiedad, transfiere vehículos en la ANT y gestiona las cuentas bancarias.
¿Cuánto cuesta tramitar una herencia en Ecuador?
Los costos varían según la complejidad, pero incluyen: honorarios del abogado, honorarios notariales, impuesto al SRI (si aplica), inscripciones en el Registro de la Propiedad y tasas judiciales si va por esa vía. En general, una sucesión sencilla por vía notarial puede resolverse entre $800 y $2.500 en honorarios profesionales.
¿Necesita asesoría en este tema?
La primera consulta es gratuita. Hablemos de su caso.
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. La legislación puede cambiar. Para su caso específico consulte con un abogado calificado.
Santiago Orbe Cajiao
Doctor en Jurisprudencia por la PUCE. Especialista en Dirección de Empresas por la UASB. Más de 20 años de experiencia en derecho privado y sector público. Fundador de AKUERDOS Soluciones Jurídicas, Quito, Ecuador. Matrícula CAP: 7407 | Foro: 17-2001-560.